Un fallo del Tribunal Supremo declara un impuesto de plusvalía inconstitucional y obliga a la devolución del impuesto a una empresa
Se da un nuevo caso en que la plusvalía pagada por un contribuyente por la venta de un inmueble, le es devuelta. Un fallo del Tribunal Supremo declara un impuesto de plusvalía inconstitucional y obliga a la devolución del impuesto a una compañía que había vendido un bloque de pisos por menor valor que por el que lo compró. La empresa en 2014 vendió un edificio por 22,5 millones de euros y lo había comprado en 2007 por 28 millones de euros. A pesar de su venta "a perdidas" pagó 221.300 euros de plusvalía.
En 2017, el Tribunal Constitucional ya declaró la inconstitucionalidad de gravar la transmisión de inmuebles cuando no hubo incremento de valor.
En 2021 se declaró nulo el método de cálculo del impuesto y la empresa pidió al Consejo de Ministros la responsabilidad patrimonial al Estado por un impuesto inconstitucional. Pero la petición fue rechazada por el Ejecutivo en enero de 2024, alegando que el TC limitó las devoluciones solo a aquellos contribuyentes que habían impugnado el impuesto y mantenían aún la causa viva por vía administrativa o en los tribunales o a aquellos cuyas liquidaciones aún no fueran firmes.
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